Mediador concursal en Jaén: Encuentra el apoyo experto que necesitas

Soluciona, de una vez por todas, tus problemas con las deudas

El mediador concursal es un profesional cualificado y especializado cuyo objetivo principal es lograr acuerdos que beneficien tanto a deudores como a acreedores. Su intervención se vuelve fundamental en casos de insolvencia y cuando es necesario renegociar deudas y condiciones de pago. En el ámbito de la Ley de la Segunda Oportunidad, el mediador concursal juega un papel crucial al acercar posturas y facilitar el equilibrio necesario para alcanzar acuerdos satisfactorios.

Ley de Segunda Oportunidad: ¿Quiénes pueden acogerse?

La Ley de Segunda Oportunidad ofrece una oportunidad valiosa para personas físicas, autónomos, familias con problemas de endeudamiento y consumidores. Incluso las pequeñas y medianas empresas (pymes) y los empresarios individuales pueden beneficiarse si cumplen ciertos requisitos. Aquellas pymes que no sean consideradas personas jurídicas, con menos de 50 trabajadores y una deuda inferior a los 5 millones de euros, también podrán optar por esta ley.

¿Qué sucede al acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad establece un mecanismo efectivo de negociación adaptado a cada caso de insolvencia. Básicamente, esta ley permite la cancelación de todas las deudas en situaciones de insolvencia total del deudor. Además, se establece un pago mensual mínimo que el deudor pueda asumir durante un máximo de 5 años. Una vez cumplido este período, el deudor queda exonerado de la deuda restante. Es importante destacar que las condiciones y los plazos pueden variar según cada situación específica.

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Funciones del mediador concursal

Las funciones del mediador concursal durante el concurso consecutivo se dividen en las siguientes etapas:

  • Comprobación de documentación e información: En un plazo de 15 días desde la solicitud del concurso consecutivo, el mediador concursal se encarga de revisar minuciosamente la documentación presentada, incluyendo la cantidad de los créditos involucrados en el proceso.
  • Convocatoria de reunión: Si el deudor es una persona física, el mediador concursal convoca a una reunión entre el deudor y los acreedores o acreedor dentro de los 30 días posteriores a la convocatoria. En el caso de que el deudor sea una empresa, este plazo se extiende hasta dos meses.
  • Remisión de propuesta de acuerdo extrajudicial de pagos: Con al menos 15 días de antelación a la reunión, el mediador concursal envía una propuesta de acuerdo extrajudicial de pagos a los acreedores. Esta propuesta puede incluir períodos de espera de hasta 10 años y no tiene límites en cuanto a reducción de la deuda.
  • Inclusión de cesión de derechos y bienes: La propuesta presentada por el mediador concursal también contempla la posibilidad de cesión de derechos y bienes del deudor, acompañada de un plan de liquidación correspondiente.
  • Recepción de propuestas alternativas: Durante los 10 días siguientes a la presentación de la propuesta, el mediador concursal recibe y evalúa las propuestas alternativas que puedan surgir por parte de los acreedores.
  • Elaboración de plan de viabilidad y calendario de pagos: Como parte del proceso, el mediador concursal elabora un plan de viabilidad y un calendario de pagos, los cuales serán enviados a los acreedores para su consideración.
  • Inclusión de pagos pendientes y previsiones de pago: En el caso de existir pagos pendientes relacionados con créditos de derecho público, el mediador concursal incluye dichos pagos en el plan, así como cualquier previsión de pago adicional.
  • Evaluación de aceptación de propuesta: En caso de que la propuesta presentada no sea aceptada por los acreedores, el mediador concursal solicita la declaración de concurso, asumiendo un papel administrativo clave en el proceso.
  • Registro de aceptación en acta notarial: Por otro lado, si la propuesta es aceptada, el mediador concursal se asegura de que dicha aceptación quede registrada en un acta notarial, brindando certeza y seguridad jurídica a todas las partes involucradas.

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